Dependiendo de los requisitos legales, el marco legal ampara tres tipos distintos de facturas. Ellos se diferencian entre sí por los requisitos que cumplen, pero todos son perfectamente válidos desde el punto de vista legal.
Según esta denominación, la factura completa es el documento que cumple con todos los requisitos. Estos son número, nombre y apellido, razón social, descripción de la operación, tipo de IVA, entre otros.
Cuando el destinatario no es ni un empresario ni un profesional en el ejercicio de sus funciones, así como cuando el valor de la factura no supera los 100 euros, se suele emitir una factura simplificada. La característica principal de esta clase de factura es que no aparecen los datos de identificación del destinatario.
Dentro del tercer tipo se agrupan los documentos sustitutivos de la factura. Estos documentos pueden ser talonarios de vales numerados o tiques de máquinas registradoras. La emisión de estos documentos sustitutivos depende del tipo de la operación comercial.