Normativa de las facturas electrónicas

Las facturas electrónicas cumplen con los mismos requisitos que las facturas en papel, pero además poseen algunas características particulares. Toda esta normativa se encuentra claramente detallada en una serie de decretos que podría ser necesario revisar.

Normativa que deben de seguir las facturas electrónicas

Desde el Real Decreto 1496 del 2003 se empezó a configurar la normativa de las facturas electrónicas. Si bien el decreto detalla los procedimientos de la facturación en general, también avala la emisión de facturas en soporte electrónico. Como requisitos, además de cumplir con los requisitos ordinarios de la factura en papel, exige que se asegure la legibilidad, la autenticidad de su origen y la integridad del contenido.

Sobre los formatos admitidos para la elaboración de facturas electrónicas, el Ministerio de Economía y Hacienda emitió el 24 de octubre del 2007 una resolución que aclara que los formatos estándares de uso común serán los que se encuentren publicados en la web de la Agencia Tributaria.




Hasta ese momento, todos estos documentos trataban sobre la facturación en general. Fue con la ORDEN EHA/962/2007 que el Ministerio de Economía y Hacienda empieza a tratar la facturación electrónica de manera específica. Hasta 2013, la firma electrónica era necesaria para avalar  la validez de una factura electrónica conforme a los formatos estándares de uso común admitidos por la Agencia Tributaria.

Sin embargo, Con la aprobación del nuevo reglamento de facturación para 2013, ya no es necesario que la factura electrónica esté firmada mediante una firma electrónica avanzada, aunque si es recomendable hacerlo para evitar futuros problemas.

Además, las facturas electrónicas deben de cumplir una serie de requisitos para que tengan validez legal.

 

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