La letra de cambio es un título valor que incluye una orden por el cual una persona persona ordena el pago de una cantidad de dinero a otra en favor de un beneficiario dentro de un periodo de tiempo determinado.
La ley cambiaria y del Cheque establece una serie de requisitos mínimos que deben cumplir las letras de cambio para que sean consideradas como tal y cumplan todos los requisitos legales.
Partes y requisitos de las letras de cambio
La letra de cambio debe estar compuesta al menos de las siguientes partes, tal y como se ven en la imagen y que se explican a continuación:
- La denominación Letra de Cambio debe aparecer clara en el mismo texto del documento y en el mismo idioma en el que se escriba la misma.
- Debe quedar clara la orden pura y simple de pagar una suma determinada expresada en modela nacional (o extranjera pero admitida a cotización). La cantidad debe incluirse tanto en letras como en números.
- El nombre la persona, ya sea física o jurídica que que debe pagar ( el librado), así como sus datos.
- La fecha de vencimiento de la letra de cambio.
- El lugar en el que debe efectuarse el pago.
- Fecha y lugar donde fue emitida la letra.
- La firma del que gira la letra o emite el documento ( o librador).
Como se ve en la imagen anterior, en esta letra de cambio también se incluye la identificación del documento, así como la tasa de Timbres y Actos Jurídicos Documentados ya que es obligatorio que la letra se expida en impreso oficial o timbre emitido por el Estado.
Puede darse el caso de que existan discrepancias entre las cantidades expresadas en letra y en número. En este caso, la ley establece que se tome como válida la cantidad menor.