El nuevo Reglamento de Facturación, para el año 2013, supone un impulso a la factura electrónica, por ser un instrumento que permite reducir costes, y por tanto, aumentar la competitividad de las empresas.
La factura electrónica es aquella que ha sido expedida y recibida en formato electrónico. Y su expedición estará condicionada a que el destinatario de la misma haya dado su consentimiento.
La autenticidad del origen e integridad del contenido de la factura electrónica quedarán garantizadas, además de por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, por los medios que el propio Reglamento establece como son:
- Firma electrónica avanzada
- Intercambio electrónico de datos (EDI)
- Otros medios que los interesados hayan comunicado a la AEAT con carácter previo a su utilización y hayan sido validados por la misma.