El marco legal ampara tres tipos de factura en relación con los requisitos que estos documentos deben contener. Cada uno de estos documentos es legalmente válido, aunque ni un ticket ni una factura simplificada tendrán el valor legal que posee la factura completa.
La factura completa es el tipo de factura que cumple con todos los requisitos que estipula la normativa vigente. Esta aclara que la emisión de este documento será obligatoria para toda operación comercial realizada por un empresario o profesional en el ejercicio de sus funciones.
Este documento debe cumplir con todos los requisitos que enumera la ley. En otras palabras, se debe consignar en este documento la fecha, el número correlativo de la factura y la información básica de quien emite la factura, así como de quien la recibe. Entre esos datos se debe encontrar el nombre y apellido, razón social y NIF. Además de ello, se debe detallar la operación y señalar el valor de la misma y el tipo de IVA que se aplica.
Todos estos requisitos resultan obligatorios para una factura completa, según lo estipula el Real Decreto 1496/2003.