Ofrecer el servicio de Tax Free en un establecimiento puede resultar toda una ventaja para el comercio. Y es que, puede convertirse en una excelente herramienta para que las ventas se eleven y los clientes se vean estimulados a gastar más.
Teniendo en cuenta que la mayoría de turistas extracomunitarios deben de hacer un gasto mínimo de 90,16 € como requisito para acceder al beneficio del Tax Free, es una manera perfecta de incentivar a que el consumidor llegue a gastar esta cifra.
Los emplazamientos más turísticos serán los más idóneos para ofrecer la devolución del Tax Free en España, de esta forma los viajeros podrán tener una excusa más para consumir y dejar algo a la economía local.
¿Cómo se suma una tienda al Tax Free?
Si estás interesado en que tu establecimiento se adhiera a la red de comercios que ofrecen la devolución del IVA a través del Tax Free, la manera más fácil será formalizando un contrato con una entidad colaboradora y enviándolo por correo y siguiendo siempre las directrices del Ministerio de Hacienda.
Las entidades colaboradoras exigirán la siguiente documentación:
Si se trata de una persona física:
- Fotocopia del contrato de alquiler o propiedad del local.
- Fotocopia del carné de identidad.
- Recibo de domiciliación bancaria.
Si es una sociedad:
- Fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad.
- Fotocopia del Acta de Poder Notarial.
- Recibo de domiciliación bancaria.
- Fotocopia del CIF de la sociedad.
- Justificante como que está inscrita en el Registro Mercantil.
Pasos para el Tax Free en una tienda
Cuando un establecimiento se ha adherido ya a la red de tiendas que ofrecen el servicio Tax Free, debe seguir las siguientes pautas cuando un turista lo pida:
- Cumplimentar el formulario de Tax Free con todos los datos necesarios, antes de que el viajero se vaya del establecimiento.
- Cuando el turista haya terminado sus compras y sea el momento de pagar lo adquirido, se le entregará junto a la mercancía:
- Uno de los dos originales del formulario de Tax Free rellenado correctamente. La otra copia se la quedará el establecimiento.
- El ticket de la compra.
- Un folleto informativo de la entidad colaboradora con el que el turista podrá obtener toda la información necesaria para que se lleve a cabo el proceso de la devolución del IVA. - Se debería informar al turista siempre de cómo puede acceder a su devolución de impuestos y los pasos que debe seguir.